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Mediante el «Framework for the Automatic Exchange of Readily Available Information on Immovable Property» (IPI MCAA), las administraciones tributarias intercambiarán automáticamente información sobre bienes inmuebles situados en el extranjero, incluidos los datos relativos a la titularidad, las transmisiones y los rendimientos periódicos.

 

Tanto Alemania como España han declarado recientemente su intención de aplicar directamente este marco de cooperación (Collective engagement to exchange readily available information on immovable property). Para los contribuyentes con bienes inmuebles vinculados a ambos países, ello supone importantes consecuencias, especialmente en combinación con la ya existente obligación española de declarar bienes situados en el extranjero (Modelo 720).

 

Los bienes inmuebles como la última gran laguna en materia de transparencia

Alemania y España llevan años participando activamente en iniciativas internacionales de transparencia. A través del Common Reporting Standard (CRS), ambos países reciben automáticamente información sobre las cuentas financieras en el extranjero de sus residentes fiscales, complementada por las nuevas normas relativas a los criptoactivos. Le invitamos asimismo a leer nuestros artículos Determinación fiscal internacional y Sociedades offshore.

Sin embargo, hasta ahora el patrimonio inmobiliario había permanecido en gran medida al margen de un sistema automático de intercambio de información. Si bien entre Alemania y España ya existe un intercambio de información a petición, así como un convenio para evitar la doble imposición, faltaba un flujo periódico y estructurado de datos sobre:

- bienes inmuebles situados en el extranjero,

- rendimientos del alquiler,

- ganancias patrimoniales derivadas de la transmisión de inmuebles,

- titulares reales que se encuentran detrás de estructuras societarias.

Especialmente en las estructuras inmobiliarias entre Alemania y España, esta situación daba lugar con frecuencia, en la práctica, a problemas entre las obligaciones nacionales de declaración (Modelo 720 – 721) y las posibilidades reales de control por parte de las administraciones tributarias.

 

 
 
Algoritmos y Big Data

Los algoritmos, cada vez más «inteligentes», ya están modificando de forma drástica la dinámica tradicional de las inspecciones tributarias. Aunque los algoritmos o la inteligencia artificial trabajan de forma ininterrumpida y sin errores directos, necesitan un acceso automatizado y directo a datos fiables. En España ya se analizan internamente los datos procedentes de contadores inteligentes de electricidad y agua para determinar si usted tiene su residencia habitual (residencia fiscal) en España. Encontrará más información sobre si tiene su residencia fiscal en España en nuestro artículo «Residencia fiscal en España» o en nuestro podcast de 3 minutos en YouTube.

 

El nuevo intercambio automático de información sobre bienes inmuebles permitirá en el futuro acceder de forma automática a la información inmobiliaria ya existente y disponible electrónicamente. De este modo, los algoritmos de la Administración tributaria española tendrán acceso directo a los registros de la propiedad alemanes, los catastros, las bases de datos tributarias y los registros de titulares reales, pudiendo cotejar esta información prácticamente en tiempo real con las declaraciones del Impuesto sobre la Renta, del Impuesto sobre el Patrimonio o las declaraciones sobre bienes situados en el extranjero (Modelo 720 y Modelo 721) presentadas o no presentadas en España.

Para Alemania y España, este sistema resulta especialmente relevante, ya que ambos países disponen de registros altamente desarrollados. El intercambio de información comprenderá, en particular:

- titulares y titulares reales,

- ubicación, naturaleza y valor del inmueble,

- datos relativos a la adquisición y transmisión del inmueble,

- rendimientos periódicos (por ejemplo, alquileres),

- y, en muchos casos, también información sobre los impuestos satisfechos.

El intercambio de información se llevará a cabo con carácter anual y de forma normalizada.

 

España: el Modelo 720 como precursor y, en el futuro, como instrumento de control

España ocupa una posición singular en la comparación internacional, ya que desde 2012 existe una amplia y controvertida obligación de declarar los bienes situados en el extranjero. A través del Modelo 720, las personas con residencia fiscal en España deben declarar, entre otros:

- bienes inmuebles situados en el extranjero,

- cuentas bancarias en el extranjero,

- participaciones y otros activos patrimoniales.

La obligación de declarar existe con independencia de que dichos bienes generen o no rendimientos periódicos. A pesar de la reforma del régimen sancionador tras la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, el Modelo 720 continúa siendo un instrumento esencial de control para la Administración tributaria española.

Con el IPI MCAA, España dispondrá por primera vez de la posibilidad de contrastar de forma sistemática la información declarada en el Modelo 720 con los datos facilitados por administraciones extranjeras, por ejemplo, con la información procedente de Alemania.

Este artículo del Convenio para Evitar la Doble Imposición se reduce, en la práctica, a los apartados a) y b), ya que ambos criterios, al igual que sucede en el Derecho español analizado anteriormente, se basan directamente en la permanencia habitual de 183 días, estableciendo así la estancia como centro de los intereses vitales. Los apartados c) y d) únicamente se aplican en la práctica cuando una persona no permanece más de 183 días al año en ninguno de los dos países.

En consecuencia, la residencia fiscal se determina, con carácter general, por la permanencia durante más de 183 días por ejercicio fiscal en Alemania o en España, correspondiendo en muchos casos al contribuyente acreditar dicha circunstancia debido a la presunción existente.

 

 
 
Importancia para los residentes con bienes inmuebles en otros países

Las declaraciones incompletas o incorrectas en el Modelo 720 podrán identificarse con mucha mayor facilidad gracias al intercambio automático de información. Los casos especialmente afectados son:

- inversiones inmobiliarias antiguas,

- inmuebles mantenidos a través de sociedades,

- supuestos en los que los rendimientos por alquiler se hayan declarado en Alemania, pero los bienes patrimoniales no se hayan declarado correctamente en España.

También aumentará considerablemente la transparencia para los residentes fiscales en Alemania con bienes inmuebles situados en España. En el futuro, España transmitirá automáticamente información a Alemania, que se incorporará directamente al procedimiento de tributación alemán.

 

Calendario y aplicación

La OCDE prevé que los primeros intercambios automáticos de información tengan lugar a partir de 2029. Debe tenerse en cuenta que, con dicho intercambio, también se transmitirán datos relevantes correspondientes a ejercicios fiscales anteriores (fecha de adquisición, rendimientos por alquiler, etc.). Dado que el plazo de prescripción en España es de cuatro años, también podrían estar disponibles y ser objeto de comprobación datos correspondientes a los ejercicios fiscales actuales. Para los contribuyentes con estructuras inmobiliarias entre Alemania y España, ello significa que las declaraciones ya presentadas, como las del Impuesto sobre la Renta o el Modelo 720, podrán verificarse en el futuro sobre la base de un volumen de información considerablemente más amplio.

Por ello, nuestra recomendación es actuar ya desde este momento:

- revisar las declaraciones del Modelo 720 presentadas hasta la fecha,

- comprobar su correspondencia con la situación real de la titularidad y de los rendimientos obtenidos,

- analizar las estructuras societarias y de holdings,

- regularizar la situación fiscal con la debida antelación antes del inicio del intercambio de información.

 
Conclusión

El IPI MCAA marca un punto de inflexión en la fiscalidad de los bienes inmuebles situados en el extranjero entre Alemania y España. En combinación con el Modelo 720 español, surge por primera vez un sistema de transparencia prácticamente completo para el patrimonio inmobiliario.

Lo que hasta ahora dependía en gran medida de las declaraciones voluntarias de los contribuyentes podrá verificarse en el futuro mediante un intercambio automático y transfronterizo de datos y será procesado de forma automatizada mediante algoritmos. En consecuencia, será cada vez menos probable que posibles discrepancias pasen desapercibidas debido a la falta de recursos personales de las administraciones tributarias.

 

Nuestro despacho estará encantado de ayudarle a analizar su situación concreta, llevar a cabo las actuaciones administrativas necesarias y asistirle en la presentación de las correspondientes declaraciones tributarias. Si desea obtener más información o tiene alguna consulta sobre este asunto, puede ponerse en contacto con nosotros por correo electrónico o por teléfono. Estaremos encantados de atenderle en alemán.

 

Autor:

Christoph Sander
Abogado & Asesor fiscal
CEO, socio, director fiscal
info@sspartners.es
Tel: (+34) 951 12 13 06

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