Residentes (Residents)
No residentes (Non-Residents)
Planificación fiscal
Derecho inmobiliario
Derecho civil y mercantil
Residentes
Si tiene su residencia fiscal principal en España como "residente", será considerado en Alemania como contribuyente por obligación fiscal limitada, ya que a partir de ese momento deberá tributar por su renta mundial en España. Las obligaciones fiscales derivadas de esta situación pueden resumirse, con carácter general, de la siguiente forma:
- Declaraciones fiscales: Todas las personas residentes fiscales en España están obligadas a presentar las correspondientes declaraciones tributarias anuales, independientemente de su nacionalidad. Para las personas físicas deben tenerse especialmente en cuenta la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y, en su caso, la declaración del Impuesto sobre el Patrimonio (IP).
- Donaciones y herencias: En caso de recibir donaciones o participaciones hereditarias, deberá abonarse el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD), cuya regulación y tributación varía en función de la Comunidad Autónoma correspondiente.
- Obligación informativa sobre bienes en el extranjero: Las personas residentes en España deben informar desde 2012 sobre determinados bienes y derechos situados en el extranjero. Esta obligación se cumple mediante la presentación de una declaración informativa independiente de la declaración de la renta.
- Tributación especial durante 5 años mediante la aplicación de la "Ley Beckham" (artículo 93 de la LIRPF).
Como asesores fiscales españoles, no solo nos encargamos de la presentación de sus declaraciones tributarias, sino que también le representamos ante la Agencia Tributaria española como sus asesores fiscales designados. Mediante dicha representación recibimos directamente en nuestro despacho todas las notificaciones electrónicas relevantes y podemos actuar en su nombre ante cualquier asunto tributario.
En esta sección encontrará información detallada sobre los diferentes impuestos (Modelos), nuestros contratos de prestación de servicios, así como información para determinar si tiene su residencia fiscal en España.
No residentes
Incluso siendo no residente fiscal en España, puede estar obligado a pagar determinados impuestos mediante retención en origen o tributación en España. Esta obligación surge principalmente en relación con inmuebles, patrimonio o actividades laborales desarrolladas en España. En la práctica, pueden distinguirse los siguientes supuestos:
- Uso propio de inmuebles situados en España.
- Alquiler de inmuebles situados en España.
- Venta o transmisión de patrimonio situado en España.
- Herencia de patrimonio situado en España.
- Rendimientos del capital obtenidos en España.
- Impuesto sobre el patrimonio situado en España.
Como asesores fiscales españoles, no solo nos encargamos de la presentación de sus declaraciones tributarias, sino que también le representamos ante la Agencia Tributaria española como sus asesores fiscales designados. Mediante dicha representación recibimos directamente en nuestro despacho todas las notificaciones electrónicas relevantes y podemos actuar en su nombre ante cualquier asunto tributario.
En esta sección encontrará información detallada sobre los diferentes impuestos (Modelos), nuestros contratos de prestación de servicios, así como información para determinar si tiene su residencia fiscal en España.
Planificación fiscal
Para quienes desean trasladar su residencia a España, suelen resultar especialmente atractivos el clima suave, el estilo de vida tranquilo y la amabilidad de sus habitantes. Sin embargo, con frecuencia se desconoce hasta demasiado tarde que, una vez establecida la residencia fiscal en España, debe tributarse en este país por la renta mundial, lo que en muchos casos puede generar importantes consecuencias o incluso provocar el regreso al país de origen. Con el fin de que pueda tomar una decisión debidamente fundamentada respecto de la ubicación de su residencia principal, le ofrecemos un cálculo individualizado y adaptado a su situación concreta sobre la carga fiscal previsible en materia de renta, patrimonio, etc.
En todos nuestros cálculos se tienen en cuenta el lugar de residencia en España, las posibles reducciones por descendientes, la posibilidad de optar por la tributación conjunta y la edad de los hijos. Además del cálculo del Impuesto sobre la Renta, se analizan los valores correspondientes a su patrimonio, con el fin de informarle de manera específica sobre las posibles obligaciones relativas al Impuesto sobre el Patrimonio y a la obligación informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero (Modelo 720), criptomonedas (Modelo 721), etc.
Derecho inmobiliario
Nuestro despacho le asesora en todas las cuestiones relacionadas con su inmueble en España. En relación con la compraventa, no solo nos encargamos de coordinar todo el proceso con los vendedores, la notaría, el Registro de la Propiedad, etc., sino que también le ofrecemos previamente un análisis jurídico y fiscal del inmueble.
- Due diligence previa a la compra.
- Tramitación de la compraventa del inmueble.
- Uso propio del inmueble.
- Arrendamiento de su inmueble.
Como asesores fiscales en España, después de la compra no solo nos encargamos de presentar sus correspondientes declaraciones tributarias, sino que también podemos representarle ante la Agencia Tributaria como sus asesores fiscales autorizados. Mediante dicha representación, nuestro despacho recibe directamente por vía electrónica todas las notificaciones relevantes y puede actuar en su nombre en todas las cuestiones tributarias.
En este apartado encontrará información detallada sobre los distintos aspectos relacionados con la titularidad de un inmueble, así como nuestros contratos de prestación de servicios.
Derecho civil y mercantil
El Derecho civil, también denominado Derecho privado, regula las relaciones jurídicas entre particulares, incluidas las empresas. Aunque comprende ámbitos muy diversos, como el Derecho contractual, el Derecho de familia, el Derecho sucesorio y los derechos reales, en este apartado encontrará todas las áreas jurídicas que afectan directamente a las relaciones entre particulares y en las que nuestro despacho puede prestarle asesoramiento y asistencia.
Las materias relativas al Derecho tributario, Derecho administrativo, Derecho penal, Derecho mercantil, Derecho empresarial, Derecho societario, etc., se encuentran recogidas en sus correspondientes apartados.




