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Trabajadores autónomos
Alta y gestión de la actividad por cuenta propia.
 
Desde 2013, quienes inician una actividad por cuenta propia en España pueden beneficiarse tanto de incentivos fiscales como de reducciones en las cuotas de la Seguridad Social. La cuota reducida de aproximadamente 80 euros mensuales (tarifa plana) o la reducción del 20 % del rendimiento neto positivo durante los dos primeros años convierten el trabajo autónomo en una verdadera alternativa.
 
  • Alta sin desplazamientos a organismos públicos (NIE).
  • Tramitación en tres días laborables.
  • Comunicación digital, sin necesidad de impresora.
  • Tarifa plana y NIF-IVA.
  • Consulta inicial incluida.
  • Informe trimestral en español.
  • Asesoramiento jurídico y fiscal incluido.
  • Punto de Atención al Emprendedor autorizado.
  • Más de 500 altas tramitadas con éxito.
A continuación encontrará todos los detalles sobre esta materia y sobre nuestros servicios. A través de los siguientes enlaces podrá solicitar directamente una cita para una consulta inicial mediante logo bookings2, así como consultar y contratar nuestro contrato completo de prestación de servicios a través de .

Más de 500 altas y constituciones tramitadas con éxito

Alta en menos de 48 horas de media

 

A) Alta como trabajador autónomo

Alta de la actividad económica, autónomo y NIF-IVA
 

Desde 2013, quienes inician una actividad por cuenta propia en España pueden beneficiarse tanto de incentivos fiscales como de reducciones en las cuotas de la Seguridad Social. La cuota reducida de aproximadamente 80 euros mensuales o la reducción del 20 % del rendimiento neto positivo durante los dos primeros años convierten el trabajo autónomo en una verdadera alternativa.

Ofrecemos nuestros servicios a clientes de toda España, excepto en las comunidades autónomas del País Vasco y Navarra, al disponer estos territorios de un régimen foral específico.

 

Su PAE: Sander, Santos & Partners

logoPAEComo Punto de Atención al Emprendedor autorizado por el Ministerio competente en materia de economía, nuestro despacho dispone de acceso directo a las administraciones públicas, a la Agencia Tributaria y a la Seguridad Social. Esto nos permite realizar electrónicamente los principales trámites administrativos, agilizar el procedimiento de alta y evitar desplazamientos a organismos públicos. Tramitamos altas en toda España, excepto en los territorios forales de Navarra y el País Vasco.

Una vez recibida la confirmación del encargo, realizamos todos los trámites administrativos en su nombre. Con carácter general, no será necesaria ninguna actuación adicional por su parte. Enlace a la página oficial: PAE.

Más de 400 altas y constituciones tramitadas con éxito.

Alta completa en menos de 48 horas de media.

 

Alta como trabajador autónomo en tres días laborables y sin desplazamientos a organismos públicos:

 

a) Alta de la actividad económica:
    • En su caso, instrucciones para solicitar el número de NIE.
    • Alta censal de la actividad: damos de alta su actividad y las obligaciones tributarias asociadas en materia de retenciones, IVA soportado, IVA repercutido y exención del Impuesto sobre Actividades Económicas.
    • Incluye la solicitud del número de identificación a efectos del IVA intracomunitario (NIF-IVA), así como la presentación de documentación ante la Agencia Tributaria cuando se inicie un procedimiento de comprobación.
b) Alta en la Seguridad Social:
    • Solicitud del número español de la Seguridad Social.
    • Alta en la Seguridad Social: solicitamos la cuota reducida de aproximadamente 80,00 € mensuales durante los primeros doce meses (tarifa plana).
    • Realizamos todas las altas en su nombre. Con carácter general, no será necesaria ninguna actuación adicional por su parte.
    • Instrucciones para obtener la tarjeta sanitaria española. La tarjeta sanitaria deberá solicitarla personalmente en el centro de salud que le corresponda.
c) Otros servicios incluidos:
    • Consulta inicial presencial o telefónica con el abogado y asesor fiscal Christoph Sander sobre las obligaciones jurídicas y fiscales, la llevanza de la contabilidad, la facturación, la inversión del sujeto pasivo del IVA, etc.
    • En caso de contratar el servicio de contabilidad indicado en el siguiente apartado, tendrá acceso continuado a asesoramiento jurídico y fiscal telefónico y recibirá anualmente un dosier actualizado sobre el trabajo autónomo, con información básica y novedades relacionadas con plazos, facturación, impuestos, gastos deducibles, etc.
d) Servicios adicionales:
    • En su caso, solicitud y obtención del número de identificación de extranjero español (NIE) mediante poder notarial otorgado a favor de nuestro despacho. Honorarios de tramitación: 150,00 €, más gastos notariales de aproximadamente 60,00 € en España.
    • En su caso, solicitud del certificado digital a través de nuestro despacho y sin desplazamientos a organismos públicos. La solicitud y expedición se realizan mediante el envío de una fotografía tipo selfie en la que aparezca sosteniendo su documento de identidad. Encontrará más información en nuestro contrato de prestación de servicios en sspartners.es/docs/certificadoDE.
    • En su caso, pago de las cuotas de la Seguridad Social a través de nuestra cuenta de clientes. Si todavía no dispone de una cuenta bancaria española apta para domiciliar las cuotas de la Seguridad Social, podemos realizar los primeros pagos a través de nuestra cuenta de clientes. Los honorarios de tramitación ascienden a 10,00 € por pago.

 

B) Servicios para trabajadores autónomos
Trámites administrativos, declaraciones tributarias, protección de datos, etc.

 

a) Contabilidad y gestión administrativa:

Los trabajadores autónomos deben cumplir diversas obligaciones en materia de contabilidad y facturación. La deducibilidad de los gastos y el registro correcto de los ingresos desempeñan un papel especialmente importante. Nuestros servicios tienen como objetivo asumir, en la medida de lo posible, todos los aspectos jurídicos, fiscales y administrativos, para que pueda concentrarse plenamente en el desarrollo de su actividad.

  • Envíenos cómodamente por correo electrónico sus facturas emitidas y recibidas dos veces por trimestre. No necesita conocimientos contables, instalar programas ni archivar físicamente las facturas.
  • Informe trimestral en español, con comprobación de posibles obligaciones o deudas pendientes ante la Agencia Tributaria o la Seguridad Social, con el fin de evitar que se generen deudas de forma involuntaria:

 

  • Informe trimestral actualizado sobre ingresos, gastos deducibles y resultados correspondientes a cada trimestre y al conjunto del ejercicio económico:

 

 

  • Informe trimestral con una estimación del Impuesto sobre la Renta, para que pueda prever con antelación los posibles pagos o devoluciones del ejercicio siguiente.

 

  • a3facturaPrevia solicitud, ponemos a su disposición el programa de facturación A3Factura, conectado con nuestro programa contable A3. Este programa cumple los requisitos necesarios para la comunicación y verificación con la Agencia Tributaria y permite emitir facturas electrónicas. El coste de la licencia asciende a 10,00 € mensuales y nuestro despacho se encarga de su contratación. Asimismo, recibirá un dosier informativo en español.

 

  • adobeSin impresora y sin escáner: todos los documentos necesarios para el alta y la representación pueden firmarse digitalmente mediante Adobe Sign. Adobe Sign puede utilizarse cómodamente desde un ordenador, teléfono móvil o tableta.

 

b) Cierres trimestrales y anuales y declaraciones tributarias:

Además de llevar la contabilidad, con carácter general deberá presentar declaraciones tributarias trimestrales y anuales. Las declaraciones o modelos que deben presentarse y sus respectivos plazos dependen de la naturaleza de su actividad, del importe de los ingresos y del lugar de establecimiento de sus clientes. Nuestro despacho presta especial atención a los clientes que mantienen intereses económicos o relaciones comerciales con Alemania, Austria, Suiza u otros países de la Unión Europea.

Presentación de las principales declaraciones tributarias por un precio fijo:

  • Modelo 130: presentación de los pagos fraccionados trimestrales del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Con carácter general, se ingresa ante la Agencia Tributaria el 20 % del rendimiento neto acumulado. Si el tipo impositivo definitivo resulta inferior al 20 %, podrá obtener una devolución al presentar la declaración anual.
  • Modelo 303: presentación de la declaración trimestral del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). Esta declaración también deberá presentarse cuando no resulte cantidad alguna a ingresar.
  • Modelo 111: presentación de las declaraciones trimestrales correspondientes a las retenciones practicadas sobre rendimientos del trabajo y facturas de profesionales.
  • Modelos 190 y 390: presentación del resumen anual de las retenciones e ingresos a cuenta practicados y del resumen anual del IVA.
  • Modelo 100: presentación de la declaración anual del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas —Renta—, incluyendo los rendimientos derivados de la actividad económica.
  • Modelo 349: presentación de la declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias. La presentación trimestral está incluida. La presentación mensual tendrá un coste adicional de 45,00 € al mes cuando el volumen de las operaciones intracomunitarias supere el límite legal aplicable. En ese caso, deberá enviarnos mensualmente toda la documentación correspondiente.

 

c) Representación ante la Agencia Tributaria y asesoramiento fiscal internacional

Además de las tareas administrativas y contables, nuestro despacho concede especial importancia al asesoramiento profesional. Gracias a nuestro equipo multidisciplinar, integrado por abogados, asesores fiscales y consultores empresariales, y a nuestra dilatada experiencia en fiscalidad internacional, no solo le ofrecemos asesoramiento continuado en materia de servicios y relaciones comerciales transfronterizas, sino también en relación con la optimización fiscal, la constitución de sociedades y otras cuestiones empresariales.

Representamos directamente a nuestros clientes ante la Agencia Tributaria española. De este modo, actuamos en su nombre y recibimos automáticamente las notificaciones tributarias que le sean dirigidas.

 

Servicios adicionales:

 

a) Representación ante la Seguridad Social:

Desde 2023, las cuotas de la Seguridad Social de los trabajadores autónomos se determinan en función de los rendimientos netos previstos, por lo que resulta necesario comunicar a la Seguridad Social una estimación de dichos rendimientos. Tal y como explicamos en nuestro dosier, estos trámites pueden realizarse electrónicamente mediante su certificado digital. Nuestro despacho también puede representarle y asistirle en estos procedimientos. En este caso, ofrecemos los siguientes servicios:

Representación ante la Seguridad Social —25,00 € por trimestre—: cálculo trimestral del rendimiento neto previsto y, en su caso, solicitud de adaptación de la base o cuota de cotización, dentro de los límites permitidos legalmente. Representación ante la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) y recepción de toda la correspondencia, por lo que no necesitará disponer de un buzón electrónico propio. Comprobación al finalizar cada trimestre de la existencia de cuotas pendientes o deudas. En caso de deuda, obtención y envío del correspondiente documento de pago para que pueda abonarlo mediante transferencia bancaria. Consulta y descarga de las cuotas mensuales, por lo que ya no tendrá que remitírnoslas para la contabilidad.

b) Gestión de trabajadores y elaboración de nóminas:

No solo le asesoramos sobre los contratos de trabajo correspondientes y los posibles beneficios fiscales, sino que también nos encargamos del alta de los trabajadores en la Seguridad Social, la elaboración mensual de las nóminas, la gestión de las cotizaciones sociales y la presentación e ingreso de las retenciones trimestrales del Impuesto sobre la Renta de los empleados.

 

Nuestro contrato de prestación de servicios:

 

 
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(+34)  951 12 00 69

Horario:
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14:00 - 16:00 
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